El fallo terminó siendo histórico por dos razones: por primera vez en la historia de nuestra provincia se condena a una persona por haber abusado y matado a un perro. Y la otra, y quizás la más importante, por pedido de los representantes de la querella y del Ministerio Público Fiscal, una jueza envió una nota a la presidencia de la Cámara de Diputados de la Nación con el fin de que se dicten leyes más duras para aplicar este tipo de delitos.
Se trata de un caso que viene marcando hitos a nivel nacional. El 8 de junio, Cristian “Chami” Ruiz fue descubierto ingresando a un cañaveral de Lastenia con un can que luego sería bautizado con el nombre de Ángel. Abusó sexualmente del animal y lo golpeó dejándolo moribundo. El vecino Elio Domingo Suárez lo descubrió. Le tomó fotografías y luego rescató al can que terminaría falleciendo días después.
El testigo denunció el caso y la Unidad Fiscal de Delitos Complejos, que en esos momentos estaba siendo subrogada por el fiscal Alejandro Noguera, a través de los fiscales auxiliares Lucía Sánchez Toranzo y Augusto Moeykens, logró sumar indicios para identificar al acusado. La división de Delitos Telemáticos pudo ubicar al sospechoso y comunicarle oficialmente que se había iniciado una investigación en su contra.
El 27 de julio, luego de escuchar la acusación en su contra, por pedidos de los fiscales Carlos Picón y Marcelo Leguizamón, la jueza Carolina Ballesteros le dictó la prisión preventiva por 15 días. Nunca antes un acusado por maltrato animal había sido enviado a un calabozo. Pero en este caso su estadía tras las rejas se extendió por dos meses más, ya que no pudo cubrir la caución de $ 800.000 para poder recuperar su libertad. Se trata de un monto elevado si se tiene en cuenta que Patricia Gómez, la novia del recapturado que fue acusada de haber colaborado en su evasión, le fijaron una de $ 1 millón.
Juicio abreviado
Ruiz aceptó someterse a un juicio abreviado. En esa audiencia se supo que el joven de 23 años era rondín durante los fines de semana, que no contaba con estudios primarios y que tenía causas penales abiertas por delitos menores.
El acuerdo al que arribó consistía en declararse culpable, a cumplir reglas de conductas por cuatro años (se informa por separado cuáles son) y hacer un resarcimiento económico por el daño causado. A cambio, aceptaba recibir la máxima pena que establece las leyes por este tipo de delito: un año de prisión condicional.
“Entiende el Ministerio que no se puede desconocer que este tipo de conductas o modalidad delictiva, resulta sumamente perniciosas para la sociedad y que su incremento, en la reiteración como en los modos distintos de violencia empleada, ha generado en la comunidad un justificado sentimiento de grave temor”, señaló el fiscal Leguizamón.
Antes de convalidarse el acuerdo, Ruiz declaró: “yo andaba por ahí en el cañaveral y bueno yo lo vi al perro y pasé por ahí y bueno, se dio la casualidad de que estaba y ahí y pasó todo lo que dicen ahí que pasó y eso es todo, nada más. Sí abusé sexualmente del perro”.
Las reacciones
Las palabras del imputado generaron una inmediata reacción de los acusadores. Karina Lorena Garbero, reconocida activista de los derechos de los animales, como querellante de la causa, decidió hablar en representación de la víctima del caso. “Después de lo que acabo de escuchar no comparto el acuerdo, no me parece justa la condena. Al haberlo escuchado decir que violó a Ángel, me parece que la condena es un premio. Se le está dando la libertad a una persona que realmente es peligrosa”, señaló.
“Estamos hablando de una violación seguida de muerte y lamentablemente Ángel no está. Si él hubiera sobrevivido, no podría haberse sentado aquí para contar todo lo que le pasó y todo el sufrimiento que le causó ese ser. Quiero aclarar que me parece totalmente injusta la pena. La plata no me sirve de nada porque a Ángel lo tengo enterrado en el fondo de casa”, agregó Garbero.
La abogada María Vanessa Zanacchi, representante de la querella, no cuestionó el acuerdo, pero sí solicitó que en la resolución se enviara a quien correspondiera una nota solicitando que se modifiquen las leyes para que no vuelvan a ocurrir casos como este. “La condena que recibió es totalmente desproporcionada al delito que cometió”, indicó.
El fiscal adhirió al planteo de la querella argumentando: “estamos ante hechos que han superado los parámetros al momento de ser sancionada la Ley. Por lo cual considero y me adhiero al pedido que se exhorte al Congreso de la Nación, para que se revean este tipo de sanciones”.
“Los protagonistas del sistema judicial estamos obligados a dar cumplimiento con las leyes y esta norma sí nos obliga a hacer este tipo de acuerdo. A la luz de toda la sociedad y a la luz de lo que estamos viendo en estos momentos, la condena sí resulta claramente injusta, pero es la ley que debemos aplicar”, señaló Leguizamón.
La resolución
La jueza Ballesteros, después de escuchar las pretensiones de todas las partes, aplicó el máximo de la condena que establecen las leyes y además le impuso severas reglas de conducta que deberá cumplir Ruiz. En caso de incumplirlas, a la pena la deberá cumplir de manera efectiva.
Pero al mismo tiempo, decidió enviar una nota al presidente de la Cámara de Diputados de la Nación, Sergio Massa, para ponerlo al tanto de este caso y de cómo se resolvió. “Si bien se trató de un acto de bestialismo contra un animal no humano, están tienen implicancias directas sobre humanos, y la Ley 14.346, a diferencia del código penal español y el francés, no contempla expresamente el tipo penal de abuso o explotación sexual de animales no humanos”, indico.
“Coincido con lo manifestado por la querellante, en cuanto a que nuestra legislación penal no contempla adecuadamente las diversas intensidades de injusto en materia de protección integral de animales no humanos. Basta con mencionar que, en casos como el presente, en el cual existe un resultado de muerte contempla una pena de 15 días a un año de prisión, dista mucho del injusto penal contemplado en la ley de Protección de Galgos que impone penas de tres meses a cuatro años de prisión”, concluyó Ballesteros.
Las reglas que debe cumplir
- Quedar sujeto al control del Patronato de Liberados y del juzgado de Ejecución.
- No puede acercarse a la dueña de Ángel ni al testigo. Tampoco puede contactarlos a través de redes sociales o cualquier otro tipo de medio de comunicación.
- Tiene prohibido acercarse a 500 metros de los gatos que le fueron secuestrados y que ya fueron dados en adopción.
- No puede tener mascota alguna durante los cuatro años que duren estas reglas de conducta.
- Debe terminar sus estudios primarios e iniciar los secundarios.
- Presentar una monografía a la jueza de Ejecución sobre el maltrato animal.
- Tiene prohibido consumir drogas y abusar de bebidas alcohólicas. Cada 30 días debe someterse a análisis toxicológicos.
- Debe realizar un tratamiento psicológico orientado a superar la violencia en todas sus manifestaciones.
- Realizar cuatro horas semanales de tareas comunitarias en la Fundación Argentina de Rescate Animal.
- Durante 12 meses deberá entregar $ 2.500 en concepto de reparación.
- Hacerse cargo de los honorarios de la querellante que ascienden a $ 150.000 más el 10% de aportes de ley.